PERSONERIA JURIDICA

9.1.1 APROBACIÓN DE ESTATUTO Y CONCESIÓN DE PERSONERÍA JURÍDICA

  •  Solicitud de aprobación de Estatuto y concesión de personería jurídica firmada por el Presidente Provisional de la pre – cooperativa

•  Certificación de Asesoramiento Cooperativo por parte del Promotor / Difusor de Cooperativas

•  Copia del Acta Constitutiva de la Asamblea General en la que se haya designado el Directorio Provisional, con la nómina de sus miembros, firmada por todos los socios fundadores de la cooperativa.

•  Estatuto en tres ejemplares, escrito con claridad, y que contendrá las siguientes especificaciones:

•  Nombre, domicilio y responsabilidad de la Cooperativa

•  Sus finalidades y campo de acción

•  Los derechos y obligaciones de los socios

•  Su estructura y organización internas

•  Las medidas de control y vigilancia

•  La forma de constituir, pagar o incrementar el capital social

•  El principio y el término del año económico

•  El uso y distribución de excedentes

•  Las causas de disolución y liquidación de la cooperativa

•  El procedimiento para reformar el Estatuto

•  Las demás disposiciones que se consideren necesarias para el buen funcionamiento de la Cooperativa, en tanto no se opongan a la Ley y al Reglamento General de la Ley de Cooperativas

•  Una certificación del Secretario, al final del Estatuto, de que este fue discutido en tres sesiones diferentes y aprobado.

•  Lista de socios:

•  Apellidos y Nombres

•  Estado civil

•  Número de cédula de identidad

•  Nacionalidad

•  Domicilio

•  Ocupación

•  Número y valor de los Certificados de Aportación que suscribe, cantidad de que paga de contado

•  Firma

•  Comprobante del depósito bancario de por lo menos el 50% del valor de los Certificados de Aportación que hayan suscrito los socios

•  Plan de Trabajo y Financiamiento de la cooperativa ( ver anexo ).

En las Cooperativas de Vivienda y Agrícolas se añadirá:

•  Certificado del Registrador de la Propiedad sobre los bienes que tenga cada socio o de la sociedad conyugal, si es casado

•  Un certificado, conferido por la respectiva autoridad política, de que el cooperado reside en el lugar que funciona o va a funcionar la cooperativa de Vivienda o Agrícola

•  Un estudio socio - económico de los cooperados, para comprobar su capacidad amortizativa

En las Cooperativas de Transporte Terrestre , que no sean de caja común, se presentará la certificación de que el cooperado es chofer profesional y propietario del vehículo que va a aportar a la cooperativa.

PLAN DE TRABAJO Y FINANCIAMIENTO DE LA COOPERATIVA GUIA PARA LA ELABORACION

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