DISOLUCION Y LIQUIDACION DE COOPERATIVAS

 

9.1.6 DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COOPERATIVAS

•  Solicitud firmada por las dos terceras partes de los socios o por los directivos (Presidente, Gerente) registrados en la DNC , SSR, DP, fundamentada en las causales del Artículo 98 de la Ley de Cooperativas.

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